CONFIRMACIONES EXTERNAS Y CARTA DE REPRESENTACIÓN
El NIA es la normativa sobre la responsabilidad del auditor,
de comunicarse con los responsables del gobierno.
Esta Norma
Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el
auditor de comunicarse con los responsables del gobierno de la entidad en una
auditoría de estados financieros. Aunque la presente NIA se aplica con
independencia de la dimensión o estructura de gobierno de la entidad, su
aplicación presenta particularidades cuando todos los responsables del gobierno
de la entidad participan en su dirección, y en el caso de entidades cotizadas.
Esta NIA no
establece requerimientos relativos a la comunicación del auditor con la
dirección de una entidad o con sus propietarios a menos que sean a la vez
responsables del gobierno de la entidad.
El objetivo del auditor, cuando
usa procedimientos de confirmación externa, es diseñar y ejecutar estos
procedimientos para obtener evidencia de auditoría adecuada y confiable.
Confirmación externa: Es la evidencia de
auditoría que se obtiene como una respuesta escrita directa al auditor de parte
de un tercero (la parte confirmante), en papel, medio electrónico u otro.
Los procedimientos de
confirmaciones externas normalmente se llevan a cabo para confirmar o solicitar
información respecto a saldos de cuentas y sus elementos (tales como: cuentas
por cobrar y por pagar, bancos y otros depósitos de terceras partes, pasivos,
inversiones, inventarios, garantías, contingentes y operaciones con partes relacionadas),
con el objeto de obtener evidencia de auditoría sobre las aseveraciones de los
estados financieros. Asimismo, pueden usarse para confirmar los términos de
acuerdos, contratos o transacciones entre una entidad y otras partes, o para
confirmar la ausencia de ciertas condiciones como convenios separados.
La confiabilidad de la evidencia
de auditoría se ve influenciada por la fuente y naturaleza de la misma, además,
depende de las circunstancias bajo las que se obtiene. Adicionalmente, es
necesario tener en cuenta las siguientes consideraciones aplicables a la
evidencia de auditoría:
·
La
confiabilidad de la evidencia de auditoría se incrementa cuando ésta es
obtenida de fuentes independientes reconocidas fuera de la entidad.
·
La
evidencia de auditoría obtenida directamente por auditor es más confiable que
la evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia.
·
La
evidencia de auditoría en forma documental, ya sea en papel, dispositivo
electrónico u otro medio, es más confiable que la evidencia obtenida
verbalmente.
En consecuencia, dependiendo de
las circunstancias de la auditoría, la evidencia de auditoría en forma de
confirmaciones externas que recibe directamente el auditor de las partes
confirmantes puede ser más confiable y aumentar la seguridad que el auditor
obtiene de la evidencia existente dentro de los registros contables o de las
declaraciones hechas por la administración.
De acuerdo con la NIA 330, la
respuesta del auditor a los riesgos determinados describe la responsabilidad
del auditor de planear e implementar respuestas de auditoría generales para
tratar los riesgos evaluados de errores significativos a nivel de estados
financieros, y de diseñar y ejecutar procedimientos de auditoría adicionales, cuya
naturaleza, oportunidad y alcance se basen en (y respondan a) los riesgos
evaluados de errores significativos a nivel de aseveración. Además, requiere
que el auditor diseñe y ejecute procedimientos sustantivos para cada clase de
transacciones, saldos de cuentas y revelaciones materiales.
Las NIA, también requieren, que
el auditor considere si los procedimientos de confirmación externa se van a
ejecutar como procedimientos sustantivos de auditoría, e indica que los
procedimientos de confirmación externa pueden ayudar al auditor a obtener
evidencia de auditoría con un alto nivel de confiabilidad para responder a los
riesgos de errores significativos identificados, debidos a fraude o error.
Respecto a la Confirmación de
abogados, las NIAs establecen los procedimientos que el auditor debe observar
cuando, durante su trabajo, está tratando de identificar la existencia de
litigios, demandas y gravámenes promovidos por su cliente o en su contra.
Además, ofrece una guía de los aspectos que deben contener las solicitudes de
confirmación a los abogados externos de las compañías.
Respecto a las consideraciones
sobre fraude que deben hacerse en una auditoría de estados financieros las NIAs
mencionan que una vez concluida por el auditor la evaluación de los riesgos de
fraude, en respuesta y con escepticismo profesional, debe proceder a la
obtención y evaluación de la evidencia de auditoría, por medio de una
corroboración adicional de las explicaciones o declaraciones de la
administración referentes a asuntos importantes, mediante su confirmación por
terceras partes.
El objetivo del auditor, es
diseñar y ejecutar los procedimientos para obtener evidencia de auditoría
adecuada y confiable
Procedimientos de confirmación
externa
Cuando el auditor usa
procedimientos de confirmación externa, deberá mantener el control sobre las
solicitudes, incluyendo:
·
Determinar
la información que se va a confirmar o solicitar. Para hacerlo, respecto a
saldos de cuentas, también pueden usarse los términos de acuerdos, contratos o
transacciones entre una entidad y otras partes.
·
Seleccionar
la parte confirmante apropiada. Las solicitudes de confirmación se deben enviar
a una parte confirmante que el auditor cree que es conocedora de la información
que se va a confirmar.
CARTA DE REPRESENTACIÓN ASPECTOS GENERALES
La Carta de
Gerencia viene a ser el documento obtenido por la Sociedad de Auditoría, a
través del cual el titular de la entidad auditada y/o el nivel gerencial
competente (Gerente General, Gerente Regional o Gerente Municipal) reconoce
haber puesto a disposición de la comisión de auditoría toda información
requerida, así como haber obtenido manifestaciones o cualquier hecho
significativo ocurrido durante el período del examen realizado.
BASE LEGAL.-
NIA 580. REPRESENTACIONES DEL AUDITOR
El auditor debe obtener evidencia respecto de que la
dirección del ente reconoce su responsabilidad sobre la presentación razonable
de los estados financieros de acuerdo con las normas contables vigentes y que
los ha aprobado debidamente. Para ello, el auditor debe obtener una carta de
representación escrita de la dirección que incluya las afirmaciones
significativas, tanto explícitas como implícitas, que contienen los estados
financieros, cuando ninguna otra evidencia apropiada es razonable pensar que
pueda existir. Por ello, es
·
Diseñar
las solicitudes de confirmación, verificando que se dirijan de manera apropiada
(probar la validez de algunas o todas las direcciones antes de enviarlas y que
contengan información del remitente para que las respuestas se envíen
directamente al auditor).
·
Enviar
las solicitudes, incluyendo recordatorios cuando sea aplicable, a la parte
confirmante. El auditor puede mandar una solicitud adicional de confirmación o
un recordatorio cuando no se ha recibido respuesta a una solicitud previa en un
tiempo razonable.
Los factores a considerar cuando
se diseñan solicitudes de confirmación son:
·
Las
aseveraciones que se confirman.
·
Los
riesgos de errores significativos específicos identificados, incluso riesgos de
fraude.
·
El
planteamiento y presentación de la solicitud de confirmación.
·
La
experiencia previa en la auditoría o trabajos similares.
·
El método
de comunicación (por ejemplo, en papel, por un medio electrónico u otro).
·
La
autorización o exhorto de la administración a las partes confirmantes de que
respondan al auditor. Las partes confirmantes pueden sólo estar dispuestas a
responder a una solicitud de confirmación que contenga la autorización de la
administración.
·
La
capacidad de la parte confirmante de proporcionar la información solicitada
(por ejemplo, monto de factura individual contra saldo total).
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